La invención patentable: cómo defender tus inventos

Denominamos invención patentable a aquella que, por cumplir los requisitos legales, puede protegerse mediante los Derechos de Propiedad Industrial. Para obtener esta protección resulta imprescindible tramitar la solicitud de la patente. Una vez obtenida la patente podremos emplear nuestros derechos para evitar que otras personas utilicen nuestra creación sin nuestra autorización u obtengan con ella beneficios a nuestra costa.

¿Qué consideramos invención patentable?

Consideramos una invención cualquier creación humana que:

  1. Sea novedosa.
  2. Provenga directamente de nuestro intelecto.
  3. Tenga por objetivo resolver necesidades sociales.

De esta sencilla definición se derivan los requisitos de patentabilidad exigidos por la Comunidad Andina en su Decisión n.º 486 y por las diferentes legislaciones en materia de Propiedad Intelectual:

  • Novedad. Para que estemos ante una invención patentable, esta no debe estar comprendida en el estado de la técnica.
  • Nivel inventivo. Además, la invención no debe ser obvia a personas versadas en el oficio.
  • Aplicación industrial. Por último, la invención debe ser útil al comercio o la industria.

¿Qué invenciones no son patentables?

Aunque caigan total o parcialmente dentro de esta definición, algunas invenciones no son patentables. Por ejemplo:

  • Descubrimientos, teorías científicas y métodos matemáticos.
  • Seres vivos (en todo o en parte) y procesos o materiales biológicos naturales.
  • Obras o creaciones protegidas por los Derechos de Autor u otras categorías de la Propiedad Industrial. Dentro de esta categoría se incluye el código informático.
  • Planes, estrategias, métodos y reglas de juegos o actividades económicas.
  • Formas de presentar la información.

Tampoco pueden patentarse aquellas invenciones que atenten contra la moral o el orden público o contra la salud o vida de las personas o animales o el medio ambiente. Dentro de esta excepción tampoco se permite patentar métodos terapéuticos, quirúrgicos o diagnósticos.

¿Cómo se protegen las invenciones?

Al obtener una patente conseguiremos una serie de derechos de exclusividad, que podremos hacer valer dentro del Territorio Nacional. Podemos extender esta protección al Territorio de la Comunidad Andina, e incluso al extranjero si solicitamos la patente en otros registros.

Esta protección se prolonga durante un plazo de 20 años desde que presentemos nuestra solicitud en el SENAPI, permitiéndonos autorizar o prohibir a terceras personas diversas conductas relacionadas con la invención, como:

  • Fabricación.
  • Oferta.
  • Venta.
  • Utilización.
  • Importación.

Requisitos de la solicitud de patente de invención

Para presentar una solicitud de patente de invención ante el SENAPI, órgano encargado de la protección de estos activos intangibles en Bolivia, deberemos:

  1. Presentar el correspondiente formulario, por triplicado.
  2. Aportar una memoria descriptiva, que incluye reivindicación, descripción, dibujos, resumen…
  3. Identificar al titular y a su representante legal.
  4. Abonar las correspondientes tasas.
  5. Presentar el memorial o carta de solicitud de patente.

Dependiendo del tipo de invención patentable es posible que tengamos que presentar otra documentación. Por ejemplo, contratos si ha sido un empleado quien ha desarrollado la innovación, certificados de depósito de material biológico o de licencia de uso de conocimientos tradicionales, documentos de cesión de derechos…

Si no aportamos la documentación requerida o cumplimentamos incorrectamente los formularios, el SENAPI podrá denegar nuestra solicitud. De modo que conviene delegar esta tarea en un especialista en Propiedad Industrial.

Proceso de aprobación de la patente de invención

Recibida la solicitud, el SENAPI realizará un examen de forma en el plazo de 30 días. Si nuestra solicitud no cumple los requisitos formales seremos notificados para subsanar los errores, y en caso contrario se denegará la solicitud.

En caso de superar el examen de forma, el SENAPI ordenará la publicación de la solicitud. Con este trámite se trata de ofrecer a terceros la posibilidad de oponerse a nuestra patente. Por ejemplo, porque consideren que nuestra patente es una copia de una invención suya o que afecta a los derechos o intereses del mercado o los consumidores.

Si alguien presenta una oposición seremos notificados, para poder responderla. Solo después de tramitar esta fase el SENAPI procederá al examen de fondo de nuestra invención.

Detalles a considerar durante el proceso de aprobación de la patente de invención

Al iniciar el trámite para proteger una invención patentable debemos entender que no se considerará presentada la solicitud hasta que hayamos cumplido los requisitos mínimos. De ahí que sea crucial redactar una buena solicitud, pues en otro caso se nos podría adelantar un competidor.

Del mismo modo, el examen de forma se puede interrumpir cuando no hayamos presentado alguno de los documentos exigidos. En estos casos tendremos un plazo de dos meses para subsanar nuestros errores, y si no lo hacemos en este plazo se considerará que abandonamos nuestra solicitud. Es decir, si en el futuro queremos volver a pedir la protección de nuestra invención patentable tendremos que reiniciar el proceso.

Algunos de los trámites a los que haremos frente durante el proceso pueden ser complejos. Por eso tenemos la posibilidad de ampliar plazos mediante la oportuna solicitud. Esta debe presentarse en tiempo y forma si queremos asegurarnos de que se nos concede la prórroga.

Del mismo modo, podemos acortar otros plazos. Por ejemplo, la solicitud tiene carácter confidencial durante 18 meses desde su presentación. Pero si ya hemos superado el examen de forma podemos pedir que se haga público antes de transcurrir el plazo íntegro.

Esto puede ser útil para agilizar el trámite, ya que no podemos pedir el examen de fondo hasta que la solicitud no se haya publicado. Disponemos para ello de un plazo de 6 meses, y si no lo hacemos se considerará que hemos abandonado la solicitud.

La protección de nuestra invención patentable

Una vez tramitado el procedimiento obtendremos un documento de patente de invención. Este detallará:

  • Título de la invención.
  • Memoria descriptiva.
  • Reivindicaciones.
  • Resumen.
  • Dibujos, en su caso.

Cada una de estas partes está sometida a una estructura propia. Entre ellas, la más importante es la dedicada a las reivindicaciones, que conformarán el contenido de los derechos del inventor.

Por tanto, cometer un error a la hora de redactar las reivindicaciones puede suponer una importante desventaja en el proceso de registro. Además, existen ciertas prácticas prohibidas, como la cita de marcas o signos distintivos (ya que pueden cambiar con el tiempo), el grado de eficacia a alcanzar (pues no es una característica esencial del invento), la referencia a descripciones (pues puede ser imprecisa)…

En definitiva, la protección de una invención patentable no es sencilla. Así que si necesitas ayuda a la hora de defender tus ideas, te invitamos a contactar con nosotros. En Achá Lemaitre Abogados somos especialistas en Propiedad Intelectual, y podemos ayudarte a otorgar a tus creaciones la protección que necesitan.

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