Los modelos de utilidad son adaptaciones o invenciones accesorias que, unidas a otro invento, aportan novedad y resuelven problemáticas adicionales. Por ejemplo, si un inventor idea una aspiradora, yo puedo idear un depósito que nos permita utilizarla durante más tiempo sin tener que vaciarla.
En este ejemplo, la primera idea representa al invento principal (la propia aspiradora). Se trata de una invención, susceptible de patente (patente de invención). Sin embargo, la segunda idea (el depósito) es un accesorio. No puede subsistir sin la aspiradora. Pero la hace mejor al resolver un problema: al utilizar el nuevo depósito podremos utilizar la aspiradora durante más tiempo sin necesidad de descargar.
Debido a que el modelo de utilidad aporta una mejora a la invención, puede protegerse de modo similar a la invención original. En este caso se solicita una patente de modelo de utilidad, ya que estas creaciones también quedan aparadas por la Propiedad Industrial.
¿Qué son los modelos de utilidad?
En el ejemplo se percibirá que los modelos de utilidad son invenciones accesorias a otro invento principal. Pero no son cualquier tipo de adición.
Su objetivo debe ser mejorar la actividad productiva del invento principal. Conocemos este requisito como “aplicación industrial”.
Por otro lado, para que un modelo de utilidad sea susceptible de protección, debe ser novedoso. Es decir, se requiere que la aplicación accesoria no existiera antes. Pero el nivel inventivo que se exige a un modelo de utilidad no es tan radical como el exigido a una invención. Así, conforme a la Decisión CAN N.º 486:
- El nivel inventivo requerido a una invención requiere que esta no fuera obvia para una persona versada en el oficio ni se derive del estado de la técnica.
- Sin embargo, este requisito no se exige a la protección de modelos de utilidad. Lo que implica que basta con que no existieran antes, por evidentes que puedan parecer una vez ideados.
¿Cómo se protegen los modelos de utilidad?
Los modelos de utilidad están incluidos en el campo de protección de la Propiedad Intelectual. Concretamente se incluyen entre los elementos protegidos por la Propiedad Industrial, ya que tienen aplicación industrial y de su defensa pueden derivarse importantes beneficios.
Así, podemos acudir al SENAPI para solicitar una patente de modelo de utilidad. Después de terminar los trámites gozaremos de una serie de derechos de exclusividad, que nos permitirán impedir la producción o comercialización de nuestro modelo de utilidad o bien licenciar su uso.
Pero antes de solicitar la patente del modelo de utilidad debemos comprobar que nuestra invención reúna los requisitos de patentabilidad.
Requisitos de patentabilidad
De la propia definición del modelo de utilidad se desprenden sus dos requisitos de patentabilidad:
- Aplicación industrial. Es decir, que nuestra idea se pueda aplicar a actividades productivas o servicios para optimizarlos.
- Novedad. Es decir, que la función aportada por nuestro complemento, herramienta o elemento añadido no existiera antes de incorporarlo.
Fuera de estos requisitos, es necesario que no incurramos en causas de prohibición. Estas incluyen:
- Invenciones que atenten contra el orden público o la moral. Como ocurre con otros tipos de Propiedad Industrial, esta clase de invenciones no pueden protegerse.
- Invenciones que destruyan o amenacen la salud o vida de las personas o animales, los vegetales o el medio ambiente.
- Plantas, animales o procedimientos biológicos para la producción de plantas o animales, fuera de aquellos procedimientos no biológicos o microbiológicos.
- Métodos terapéuticos, quirúrgicos o de diagnóstico para el tratamiento humano o animal.
- Aquellas invenciones protegidas por otras formas de Propiedad Intelectual, así como las excluidas por la patente de invención.
Ejemplos de modelo de utilidad
Supongamos, por ejemplo, que ha salido un nuevo tractor al mercado. Se comercializa con una serie de herramientas agrícolas, considerablemente eficaces. Sin embargo, nos damos cuenta de que disponiendo las cuchillas de una de estas herramientas de un modo particular podemos roturar mejor el terreno.
Esta nueva disposición se podría patentar como modelo de utilidad porque:
- Mejora la funcionalidad de la herramienta principal.
- Es novedosa.
- Y tiene aplicación industrial.
Pongamos otro ejemplo. Supongamos que la taza de nuestro váter está averiada y hace un molesto ruido al cerrarse. Diseñamos un sistema con un tensor que hace que suba y baje de forma suave. En este caso no hemos inventado el retrete, pero sí un complemento que le aporta una ventaja: evita ruidos y el desgaste innecesario de las piezas.
En definitiva, el único límite a los modelos de utilidad está en la imaginación. Puede tratarse de desarrollos altamente tecnológicos o de pequeñas aportaciones a objetos cotidianos. Cualquier aplicación que suponga mejorar un invento previo y cumpla los requisitos de patentabilidad puede considerarse modelo de utilidad y, por tanto, puede protegerse.
¿Qué pasos debo dar para patentar mi modelo de utilidad?
El primer paso antes de patentar un modelo de utilidad (frecuentemente olvidado) debería ser la realización de un estudio de mercado. Muchas veces los inventores tienen una idea y se apresuran a protegerla, saltándose esta fase.
Pero debemos recordar que hay modelos de utilidad que no pueden registrarse. Otros podrían coincidir con modelos ya existentes. Y también es importante averiguar si podemos sacar el producto al mercado con éxito.
A fin de cuentas, el objetivo principal de la Propiedad Industrial es proteger al inventor en la práctica comercial. De modo que si no podemos comercializar el modelo de utilidad, generalmente no tendrá sentido patentarlo.
Este estudio de mercado puede tomarse como punto de partida para el proceso de due diligence, donde detectaremos amenazas y puntos fuertes de la innovación. Podremos revisar nuestra invención y compararla con otras en el mercado para encontrar oportunidades y preparar una solicitud robusta.
Por supuesto, parte de las tareas de investigación a realizar reside en detectar si ya hay alguien que haya patentado un modelo como el nuestro o similar. Esto podría hacer que denegaran nuestra solicitud.
Posteriormente podremos presentar la solicitud al SENAPI, previo abono de las tasas correspondientes. Allí se analizarán sucesivamente los requisitos formales y materiales de nuestra solicitud, dando a los interesados la posibilidad de oponerse a nuestra patente.
Como todos estos trámites son complejos, lo más recomendable es dejarlos en manos de un abogado especialista en Propiedad Intelectual. Desde Achá Lemaitre Abogados podemos ayudarte a proteger tus creaciones. Lo único que tienes que hacer es enviarnos un correo electrónico o rellenar nuestro formulario para que nos pongamos en contacto contigo y empecemos a estudiar tus posibilidades y oportunidades.